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Normativa 14 de agosto de 2026 · 4 min de lectura

¿Qué es el SG-SST y quién está obligado a implementarlo en Colombia?

Fuente: Decreto 1072 de 2015, Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6 — Art. 2.2.4.6.1 y 2.2.4.6.4

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) es, según el artículo 2.2.4.6.4 del Decreto 1072 de 2015, "el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua", que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora, con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. En Colombia, están obligados a implementarlo todos los empleadores públicos y privados, sin importar el número de trabajadores que tengan — incluye también a quienes contratan personal bajo modalidad civil, comercial o administrativa, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, y a las empresas de servicios temporales, cubriendo tanto a trabajadores dependientes como a contratistas, cooperados y trabajadores en misión.

Definición legal

El Capítulo 6 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 — el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo — reúne en los artículos 2.2.4.6.1 a 2.2.4.6.42 todas las obligaciones de empleadores, trabajadores y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) en materia de SG-SST. Reemplazó al antiguo Programa de Salud Ocupacional, con un enfoque de gestión por ciclo PHVA (Planear, Hacer, Verificar, Actuar) en lugar de un programa estático.

Quién está obligado

El artículo 2.2.4.6.1 es explícito: la obligación aplica a todo empleador, sin excepción por tamaño. No existe un umbral mínimo de trabajadores que exima a una empresa de tener su SG-SST. Lo que sí cambia según el tamaño y la clase de riesgo de la empresa es qué tan exigente es ese sistema — eso lo define la Resolución 0312 de 2019, que agrupa a las empresas en cuatro grupos con distinto número de estándares mínimos.

Elementos mínimos que debe tener

Cómo cambian las exigencias según el tamaño de la empresa

La Resolución 0312 de 2019 clasifica a las empresas en cuatro grupos, definidos por el número de trabajadores y la clase de riesgo asignada por la ARL:

Es decir, una empresa de riesgo IV o V nunca cae en los grupos "livianos", así tenga pocos trabajadores — el nivel de riesgo pesa más que el tamaño.

En la práctica

Cómo se gestiona en SstEdu

En SstEdu, la clasificación del artículo anterior no es algo que tengas que calcular a mano ni buscar en una tabla. Cuando configuras tu empresa —en el módulo Planear → Configuración— indicas la clase de riesgo asignada por tu ARL y el número de trabajadores, y la plataforma determina automáticamente y en tiempo real a qué grupo de la Resolución 0312 perteneces y cuántos estándares mínimos debes cumplir.

Ese número —7, 21 o 60 estándares— no se queda en una pantalla informativa: es el que usa el módulo de Autoevaluación para armar tu lista real de estándares aplicables, y el que guía qué tan completo debe ser tu plan de trabajo anual, tu matriz IPVR y tu programa de capacitaciones. Todo el simulador de cumplimiento de SstEdu parte de esta clasificación inicial.

Clasificación automática del grupo Resolución 0312 en el módulo de configuración de empresa de SstEdu
Pruébalo gratis

Preguntas frecuentes

¿Una empresa con 2 o 3 trabajadores también debe tener SG-SST?
Sí. El Decreto 1072 de 2015 no establece un mínimo de trabajadores para la obligación — aplica desde el primer trabajador contratado. Lo que cambia es la exigencia: una empresa así pequeña, si su clase de riesgo es I o II, normalmente cae en el Grupo I de la Resolución 0312, con solo 7 estándares mínimos.
¿Qué pasa si una empresa no implementa el SG-SST?
Se expone a sanciones del Ministerio del Trabajo que pueden ir desde multas hasta el cierre temporal del establecimiento en casos graves, además del riesgo real de accidentes y enfermedades laborales sin control ni cobertura adecuada.
¿El SG-SST es lo mismo que el COPASST?
No. El SG-SST es el sistema completo de gestión definido por el Decreto 1072 de 2015. El COPASST (Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo) es uno de los mecanismos de participación que ese sistema exige, obligatorio para empresas de más de 10 trabajadores.
¿Quién puede ser el responsable del SG-SST en una empresa pequeña?
Para empresas de menos de 10 trabajadores y riesgo I, II o III, la normativa permite designar un Vigía de SST en lugar de conformar un COPASST completo, y el responsable puede acreditar formación mediante el curso virtual de 50 horas del Ministerio del Trabajo.